lunes, 1 de septiembre de 2014

EL MAREMOTO DEL DIA! Representantes de instituciones de la sociedad civil de Barahona se manifiestan en contra instalación estación de combustible en el malecón. Emiten manifiesto público

Rechazamos bomba de gasolina en el malecón de Barahona.
Tomado de Facebook
Los abajo firmantes entendemos que Barahona como ciudad, sus autoridades y pobladores tenemos que respetar las normas que nos damos y las leyes y más si han sido aprobadas o refrendadas para su alcaldía.


Los intereses particulares no pueden imponerse a los intereses de la comunidad y sus autoridades deben respetarse, respetar a los demás y las disposiciones legales existentes siendo la alcaldía de Barahona la primera obligada, como Gobierno de la Ciudad, a no violar sus propios planes, decisiones previas, normas, la Constitución y las leyes.

Los artículos 66 y 67 de la constitución garantizan los derechos al medio ambiente sano, el artículo 64 protege el derecho a la cultura y el artículo 6 declara nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrario a la constitución.

La ley 64-00 sobre medio ambiente en sus objetivos y principios pone bajo la responsabilidad del estado, de la sociedad y de cada habitante la responsabilidad del uso correcto del espacio, medio ambiente, enfatiza en el párrafo del artículo 79 la responsabilidad de los Ayuntamientos y en parte tratado por la ley 176-07, del D.N. Y LOS MUNICIPIOS. El art. 183 de la misma ley de medio ambiente, elevó la multa de la ley 317-72 hasta 10,000.00 (DIEZ MIL) salarios mínimos y las penas de seis (6) meses a tres años de prisión; se puede aplicar el Código Penal y sanciones mayores cuando existen agravantes incluyendo, el artículo 187 de manera específica a los funcionarios.

La ley 317 G.O. 92.66 del 10 de junio del 1972, en su artículo 3 prohíbe instalar puestos de gasolina a menos de 200 metros en Santo Domingo y Santiago, y de 125 metros en cualquier otra población del interior con relación a escuelas, mercados, hospital, iglesia, teatro, cine, asilo, biblioteca, plaza o Jardín público… sancionando su artículo 4 las violaciones con multa y con prisión.

Para Barahona el Ministerio de Turismo tiene un plan regulador, que prohíbe la estación de gasolina, la ley 212-04, declara la provincia ecoturística. El Ayuntamiento participa y aprueba junto a turismo y más de 15 instituciones el plan de Ordenamiento Territorial (POTT2015), también el plan de convivencia social auspiciado por la fundación DEMUCA para privilegiar los espacios públicos. El mismo ayuntamiento aprobó la Carta de no objeción al Parque Litoral María Montés y Boulevar Enriquillo, que incluye desde el Puerto del Cayo hasta el empalme con la Avenida Enriquillo, con la carretera Barahona Paraíso.

Por todo lo expresado, rechazamos la instalación de una bomba de gasolina en el Malecón entre parques o una zona protegida por resoluciones y la ley. Llamamos al cabildo y a todos los funcionarios e instituciones que tienen responsabilidad en el caso, a buscar otro lugar para la instalación de dicha bomba, porque Barahona no tolerará esta nueva agresión a medio ambiente, en relación a resoluciones, la ley y la Constitución.

OBISPADO DE BARAHONA Mon. Rafael Felipe Nuñez
ASOMURE Ing. Andres Ruiz
ALIANZA ESTRATEGICA Dr. Julio Vargas
SOCIEDAD ECOLOGIA DE BARAHONA Angel Peña Feliz
UASD BARAHONA Maestro Priamo Rivas
UCATEBA Padre Cecilio Espinal
PLAN BA Rafael Matos Féliz
CONSEJO DE JUNTAS DE VECINOS Ana B. Acosta
CEAJURI José Corniell
ANPA Julio Cesar Florián
ADIA Cristian Jiménez
PROFESORES UASD BARAHONA Ramon Antonio López Inoa
FEDERACION DE EST. DOM. Luis E. Sánchez Pineda
CODIA Ing. Antonio Bena López
JUNTA GUAROCULLA Yolanda Moreta
CADECUBA Massiel Delsant
CLUB ROTARIO BARAHONA INC. Carlos Vidal Lasis
ASOPROCURSO Soraya Moreta
COMITÉ DE LOS DERECHOS HUMANOS Francisco Pérez
PROMUS Norma Arelis Méndez