Tomado de El Caribe
La
fiscalizadora de la Procuraduría General de la República en Higüey,
provincia La Altagracia, Elizabeth Rijo, fue cancelada de la entidad,
tras golpear a una conserje de la institución.
La
denuncia de la agresión fue recibida a través de diversos medios, y de
inmediato el procurador general instruyó a la Inspectoría General del
Ministerio Público, para que realizara una investigación al respecto y
entregara un informe a la mayor brevedad posible, indica una nota de
prensa de la Procuraduría.
Una
comisión encabezada por el procurador general adjunto Bolívar Sánchez,
el magistrado Domingo Cabrera y la magistrada Miriam Cordones,
practicaron entrevistas e interrogatorios a varios miembros del
Ministerio Público incluyendo testigos y a las involucradas en el
incidente, tras lo cual se comprobó la veracidad de la agresión contra
la señora Juana Dilia Paniagua Hidalgo.
En
ese sentido el jefe del Ministerio Público, Jean Rodríguez, aseguró que
bajo ninguna circunstancia permitirá que servidores del Ministerio
Público se vean involucrados en hechos que atenten contra la moral y las
buenas formas en el ejercicio de sus funciones, y mucho menos, que se
produzcan agresiones físicas entre miembros de la misma organización.
“Es
inaceptable este tipo de conductas en donde ha sido afectada una
conserje de nuestra institución, víctima del abuso de poder de quien
como superiora inmediata, debía ser el ejemplo de un accionar basado en
el respeto mutuo, apegada a las normas que rigen a todo servidor
público. No podemos ser indiferentes ante esta lamentable y deplorable
acción. Quien no respete a sus compañeros de labores, tampoco respetará a
los usuarios que acuden diariamente en busca de apoyo y asistencia por
parte del Ministerio Público y bajo ninguna circunstancia estas
conductas encontrarán impunidad ni respaldo en nuestra gestión”, expresó
Jean Rodríguez a través de un comunicado de prensa.
La
desvinculación de Elizabeth Rijo se realiza de forma administrativa,
considerando las recomendaciones del informe presentado por la
Inspectoría General, en donde se estableció la veracidad de la agresión
denunciada, el cual indica además que Elizabeth Rijo violentó el
artículo 92 numeral 8 de la Ley Orgánica del MP (Ley 133-11), que típica
como “falta grave incurrir en conducta inmoral en el trabajo o en algún
acto que afecte gravemente al Ministerio Público”, así como la Ley 4108
sobre Función Pública, que en su artículo 84 numero 4, que expresa
“incurrir en falta de probidad, vía de hechos, injuria, difamación o
conducta inmoral en el trabajo, o realizar algún acto lesivo al buen
nombre del Estado o algunos de sus órganos o entidades.