viernes, 1 de noviembre de 2024

METRALLAZO DEL DÍA! Empleados públicos deberán reportar pago de electricidad y agua a la entidad en la que trabajan

Mediante una circular, el Ministerio de Administración Pública (MAP) instruye a los titulares de las instituciones gubernamentales a recopilar estas informaciones de su personal
Tomado de Diario Libre
Santo Domingo - oct. 31, 2024 | 
El MAP instruyó la recopilación del estatus de pago de servicios de los empleados públicos. (FUENTE EXTERNA)

El Ministerio de Administración Pública (MAP) instruyó a los organismos gubernamentales a recopilar los datos sobre el cumplimiento de pago de servicios públicos, como el agua y la energía eléctrica, por parte de los empleados del Estado.

En un plazo de 15 días laborales, el MAP indicó que las direcciones de recursos humanos de cada institución pública deberán recopilar la información respecto a si los empleados tienen contrato de energía eléctrica y de servicio de agua potable. Si no lo tiene, deberá especificar a nombre de qué familiar está.

A través de una nota de prensa, significó que la medida, que busca mejorar la calidad de los servicios públicos y asegurar las normativas vigentes, tiene como propósito la actualización de las bases de datos del MAP, correspondientes a estas obligaciones de pago, así como identificar posibles casos en los que estos pagos de servicio no estén siendo efectuados.

RELACIONADAS
Abinader incrementó menos la nómina pública, pero aumentó su costoAbinader incrementó menos la nómina pública, pero aumentó su costoMiguel Collado: RD es el cuarto país de América Latina con mayor porcentaje de empleados públicosMiguel Collado: RD es el cuarto país de América Latina con mayor porcentaje de empleados públicos
La circular, firmada por el ministro del MAP, Sigmund Freund, establece: "Es importante que cada empleado presente las facturas correspondientes, ya que esto permitirá llevar un registro más preciso y facilitará la gestión administrativa".

El documento está dirigido a ministros, consultor jurídico del Poder Ejecutivo, contralor general de la República, directores generales, nacionales y ejecutivos, administradores generales y nacionales de órganos y entes del Poder Ejecutivo.

Expandir imagen