lunes, 28 de julio de 2025

¿ENTENDISTE? Movimientos bancarios de ciudadanos pueden ser supervisados por la DGII

Muchos se preguntarán por el secreto bancario, sin embargo, la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, que otorga a la DGII facultades para actuar como ente supervisor.

Telemicro PrensaÚltima Actualización 28 de julio de 2025 Telemicro Telemicro app
La DGII puede monitorear su dinero y cuáles son las consecuencias de incumplir las obligaciones tributarias.  La DGII puede monitorear su dinero y cuáles son las consecuencias de incumplir las obligaciones tributarias.

SANTO DOMINGO, RD.- Preste atención porque aunque usted no esté registrado como empresa, si recibe ingresos frecuentes en cuentas bancarias la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) podría estar vigilando sus movimientos y en cualquier momento llamarlo a capítulo.

La DGII puede monitorear su dinero y cuáles son las consecuencias de incumplir las obligaciones tributarias.

Si usted recibe dinero frecuente ya sea por remesas, regalos o que sirva de intermediario para movilizar montos de terceros podría verse en la obligación de aclarar el origen a la DGII o de lo contrario serían visualizados como ingresos gravables. República Dominicana Dominican cuisine

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Y es que el órgano recaudatorio cada vez le pone más difícil la evasión de impuestos a Influencers, colmaderos, saloneras, vendedores, Deliverys de plataformas y cualquier comerciante ocultos bajo el esquema de la informalidad.

Aunque NO esté registrado como empresa si los movimientos de su cuenta bancaria parecen de negocio, la Dirección General de Impuestos Internos puede inspeccionar sus ingresos, exigir explicaciones y establecer sanciones.


En el caso de las empresas que ya están reguladas, la institución puede comparar los depósitos en las cuentas bancarias con las declaraciones fiscales que estos presentan.

Muchos se preguntarán por el secreto bancario, sin embargo, la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, que otorga a la DGII facultades para actuar como ente supervisor.

También el Código Tributario Dominicano faculta a la Dirección General de Impuestos Internos a requerir información a bancos y entidades financieras para fines de fiscalización, auditoría o investigaciones relacionadas con evasión fiscal o lavado de activos.

Aunque la herramienta está en manos de la institución desde hace varios años, en los últimos meses se han apretado los mecanismos recaudatorios ante la necesidad del Estado de incrementar los ingresos y decisión del gobierno de desistir por el momento de un nuevo proyecto de reforma fiscal.