Ley que Designa con el Nombre Profesora Lirda Suárez, la Escuela primaria del Barrio El Guayuyo, de Cabral
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que la profesora Lirda Dignorat Suárez Ramírez, nativa del
pueblo de Cabral, fue profesora de la escuela primaria Tierra Blanca, en
el barrio El Guayuyo, del pueblo de Cabral, de forma interrumpida por
52 años, en la que ocupó, durante más de veinte años, el cargo de
directora en las tandas vespertina y matutina, siendo una maestra
ejemplar dedicada por completo a la educación de la juventud cabraleña;
CONSIDERANDO
SEGUNDO: Que la profesora Lirda Suárez se destacó por ser una maestra
sensible, dotada de una profunda vocación profesoral, educando a más de
una generación de jóvenes del pueblo de Cabral y comunidades aledañas,
ganando el respeto, aprecio y cariño de toda la sociedad cabralense,
constituyendo un ejemplo de entrega y dedicación;
CONSIDERANDO
TERCERO: Que por sus años de servicio, la profesora Lirda Suárez fue
reconocida por la Universidad Católica Tecnológica de Barahona
(UCATEBA), por el Senado de la República y por otras instituciones
comunitarias de Cabral, resaltando su entrega y longevidad en el
servicio educativo y por ser un paradigma dentro de la rama educativa
del pueblo de Cabral y comunidades aledañas;
CONSIDERANDO
CUARTO: Que grupos comunitarios, clubes, asociaciones y de otras
entidades representativas de la colectividad cabralense, han solicitado y
convenido en que constituye un deber tributar un reconocimiento público
a tan ejemplar maestra, designando con su nombre la escuela en la que
entregó su juventud, dedicada a ella por completo durante más de medio
siglo;
CONSIDERANDO
QUINTO: Que se hace necesario enaltecer estos valores con el propósito
de que las presentes y futuras generaciones vean en ellos referentes a
imitar en sus conductas privadas y públicas, a fin de que nuestra
sociedad conserve la calidad cívica que nos provea de mejores ciudadanos
y ciudadanas identificados con el bienestar común, lejos del
individualismo y la indiferencia, sino movidos por el altruismo y la
dedicación al servicio;
CONSIDERANDO
SEXTO: Que es deber del Estado resaltar la labor tesonera y vocación
magisterial de los ciudadanos, extendiendo reconocimiento a aquellos
ciudadanos o ciudadanas meritorios de ello, como resultado de sus
extraordinarios aportes a la sociedad, perpetuando su nombre en
edificios públicos, escuelas o calles, como ejemplo para las presentes y
futuras generaciones.
VISTA: La Constitución de la República;
VISTA:
La Ley No. 2439 del 8 de Julio de 1950, sobre Asignación de Nombres a
las Divisiones Políticas, Edificios, Obras, Vías y otros, modificada por
la Ley 49, del 9 de noviembre de 1966.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo
1. Objeto. Esta ley tiene por objeto exaltar a la profesora Lirda
Suárez, designando con su nombre a la escuela la primaria Tierra Blanca,
del pueblo de Cabral.
Artículo
2. Designación. Se designa con el nombre de PROFESORA LIRDA SUAREZ, la
escuela tierra blanca, del barrio El Guayuyo, del municipio de Cabral.
Artículo
3. Colocación de tarja. El Ministerio de Educación está en la
obligación de colocar el nombre a la escuela y una tarja biográfica de
la profesora Lirda Suárez, en la entrada del indicado plantel escolar,
dentro de los seis meses después de la entrada en vigencia de esta ley.
Artículo 4. Ejecución de ley. El Ministerio de Educación queda encargado de la ejecución de esta ley.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.
Vigencia. Esta Ley entra en vigencia después de su promulgación y
publicación según lo establecido en la Constitución de la República y
transcurridos los plazos fijados en el Código Civil Dominicano.
Moción presentada por.
Eddy Mateo Vásquez Senador Provincia Barahona.
