FEDERICO MÉNDEZ/Tomado de Diario Libre
SANTO
DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) declaró la
inconstitucionalidad de la Ley No. 550-14, que instituye un nuevo Código
Penal en la República Dominicana, cuya entrada en vigencia estaba
pautada para el 27 de este mes.
Asimismo,
la alta corte estableció la continuación de la vigencia del Código
Penal, promulgado mediante Decreto-Ley núm. 2274 del 20 de agosto de
1884.
Previamente
al fallo, admitió, en cuanto a la forma, las acciones directas de
inconstitucionalidad interpuestas por la fundaciones Justicia y
Transparencia (FJT), Transparencia y Democracia y Matrimonio Feliz en
contra de los artículos 107, 108, 109 y 110 de la nueva norma.
El
anulado Código Penal establece una amplia y profunda reforma de la
centenaria norma vigente, entre ellas el principio de cúmulo de pena,
eleva hasta 40 años la prisión para el sicariato y el feminicidio,
además de contemplar una serie de sanciones para la corrupción y el
tráfico de influencia.
La
Ley No. 550-14, que instituye el nuevo Código Penal, fue promulgada el
19 de diciembre del año pasado por el presidente Danilo Medina, quien
dispuso su publicación en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y
cumplimiento.
El
27 de diciembre entraría con todos sus cambios vigentes el nuevo
ordenamiento legal, luego de cumplirse el año de publicación en la
Gaceta, el 26 de noviembre del 2014, como consigna transitoriamente la
norma.
La norma había sido objeto de serios cuestionamientos por distintos sectores, entre ellos la Iglesia Católica.
En
el país se realizaron distintas manifestaciones en contra de las
disposiciones que, a juicio de sectores, legalizaban el aborto.
El
nuevo Código dispone en su artículo 309 que el funcionario o servidor
público que, en el ejercicio de sus funciones, sustraiga, distraiga o se
sirva, para su provecho personal o para provecho de un tercero, de
fondos públicos o de cualquier objeto que le haya sido entregado para su
administración o preservación en razón de sus funciones, será
sancionado con prisión mayor de 10 a 20 años y multa por un monto que,
de precisarse la suma involucrada en el fraude, será de entre 10 a 20
veces dicha suma.
También contiene sanciones contra malas prácticas de jueces y médicos.
Sobre el aborto
El
Congreso Nacional se convirtió en escenario de presiones en contra de
la entrada en vigencia de las disposiciones que despenalizaban el aborto
en la nueva norma.
En
diciembre del 2014, las iglesias católicas y evangélicas pidieron a los
diputados que no aprueben las observaciones hechas por el Poder
Ejecutivo sobre artículos, relativos al aborto, del proyecto de ley que
modifica el Código Penal vigente. La Fundación Matrimonio Feliz planteó
la inconstitucionalidad de las modificaciones incluidas, porque violan
el derecho a la vida.