lunes, 13 de agosto de 2018

PONIENDO LAS COSAS CLARAS! La nueva Ley 33-18, contempla las alianzas, fusiones y la reserva de un 20% de candidaturas a las cúpulas de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos

Por Mayobanex De Jesús Laurens…Estilo Bloguero/Twittero
La Ley 33-18, en sus Arts.57 y 58, con los párrafos a los mismos, establece el procedimiento para las alianzas y el porcentaje de candidaturas que pueden reservar las direcciones o cúpulas de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos. Las candidaturas a ceder en alianzas o fusiones con otras fuerzas políticas, deberán ser reservadas por lo menos 30 días antes del inicio de la precampaña correspondiente a la celebración de las primarias organizadas para la elección de los candidatos a cargo de elección popular. El organismo de máxima dirección colegiado de todo partido, agrupación o movimiento político, con la aprobación de sus integrantes, tiene derecho a reservar un máximo de candidaturas de un veinte por ciento (20%), para los puestos de senadores, diputados, alcaldes, regidores, directores, subdirectores y vocales de juntas de distritos municipales establecidas por la Constitución y las leyes.