jueves, 23 de abril de 2020

DISPOSICIONES FINANCIERAS! Las 18 medidas que ha tomado el Banco Central para combatir el COVID-19 con más de RD$100,000 millones

Santo Domingo, RD-Tomado de Listin Diario
El total de medidas que se han tomado por parte del Banco Central de la República Dominicana (BCRD) y la Junta Monetaria han sido 18 con un total de RD$100,000 millones y US$622 millones con la finalidad de mitigar el impacto adverso ante la pandemia del coronavirus en el aparato productivo nacional y en los ingresos de los hogares dominicanos.


Estas son las disposiciones que hasta la fecha ha tomado la entidad financiera:

Reducciones en las tasas de interés

1. Disminución en 100 puntos básicos en su Tasa de Política Monetaria, pasando de una tasa de interés de 4.50% anual a 3.50% anual, con el objetivo de incentivar una baja generalizada de las tasas de interés en el sistema financiero y dinamizar el crédito.

2. Reducción de 150 puntos básicos en la tasa de interés de la facilidad permanente de expansión de liquidez (Repos a un día), pasando de 6% a 4.50% anual. A través de esta medida, se provee liquidez a un costo más bajo para las entidades de intermediación financiera.

3. Disminución en la tasa de interés de depósitos remunerados de corto plazo en el Banco Central de 3.00% a 2.50% anual. Esta medida contribuye a reducir la tasa de interés interbancaria y el costo de fondeo de las entidades de intermediación financiera.

Provisiones de liquidez en peso dominicano

4. En fecha 17 de marzo de 2020, la Junta Monetaria autorizó la liberación de recursos del encaje legal en moneda nacional de las entidades de intermediación financiera, por un monto de hasta RD$30,133.4 millones para ser canalizados como préstamos a los sectores productivos más afectados por el COVID-19 y a los hogares, a tasas de interés no mayores de 8.0% anual.

5. Reducción adicional del coeficiente de encaje legal en 0.5% para los Bancos de Ahorros y Crédito y las Corporaciones de Crédito, equivalente a unos RD$136.4 millones, haciéndolo consistente con el coeficiente de encaje de las Asociaciones y de Ahorro y Préstamos.

6. Provisión de liquidez a las entidades de intermediación financiera por un monto de RD$50,000 millones a través de Repos hasta 90 días (renovables por 1 año) a una tasa de interés de 5.0% anual, utilizando como garantía títulos de deuda pública y del Banco Central.

Provisión de liquidez en moneda extranjera

7. Provisión de liquidez por US$400.0 millones a través de Repos en dólares a 90 días (renovables hasta por 1 año), utilizando como garantía títulos de deuda pública.



8. Liberación de recursos del encaje legal en moneda extranjera por unos US$222.4 millones, para ser canalizados como préstamos en dólares a las actividades productivas como capital de trabajo y cumplir con los compromisos de sectores como el turismo y exportador. Es importante señalar que, a la fecha, se han canalizado préstamos por unos US$57 millones a través de este mecanismo, a los sectores de Comercio y Mipymes (US$31 millones) y Exportación (US$26 millones).

9. Remuneración de los excedentes de encaje legal en dólares hasta 0.45% anual para los depósitos de las entidades de intermediación financiera en el Banco Central, para incentivar que parte de la liquidez de la cual disponen los bancos múltiples en el exterior sea canalizada a la economía dominicana.

Tratamiento regulatorio especial

10. Congelamiento de las clasificaciones y provisiones de los deudores, al nivel en que se encontraban al momento de la aprobación de la Resolución de la Junta Monetaria del 17 de marzo de 2020, evitando que se perjudique el historial crediticio del deudor y se incrementen los costos financieros por mayores provisiones.

11. Se permite realizar reestructuraciones de créditos para lograr condiciones financieras más favorables para los deudores, sin degradar sus clasificaciones de riesgo y sin generar provisiones adicionales, tanto para los créditos en mora como para los vigentes.

12. Se consideran como no vencidos los préstamos desembolsados contra líneas de crédito por 60 días. Esta medida comprende una dispensa del pago del capital del préstamo en ese período, beneficiando el flujo de caja del deudor.

13. Se extiende por 90 días el plazo otorgado al deudor para la actualización de garantías correspondientes a las tasaciones.

Liquidez a través de organismos internacionales

14. Solicitud del acceso al Instrumento de Financiamiento Rápido del Fondo Monetario Internacional por un monto de US$650 millones a un plazo entre tres y cinco años, a una tasa de interés de 1.5% anual.

15. Aprobación por parte de la Reserva Federal de Estados Unidos a la solicitud del Banco Central para acceder entre US$1,000 y US$3,000 millones a través de repos de corto plazo, renovables por seis meses.

16. Evaluación de otras alternativas de acceso a liquidez a través de otros organismos multilaterales con los cuales el Banco Central mantiene relaciones institucionales, como el Banco Internacional de Pagos (BIS).

Eliminación de comisiones

17. La Junta Monetaria eliminó el cobro de tarifas, comisiones y cargos, en cualquier forma o medio, por el retiro de efectivo en ventanilla de cuentas corrientes y de ahorros por parte de las entidades de intermediación financiera, independientemente del monto de la operación.

18. La Junta Monetaria eliminó el cobro de tarifas, comisiones y cargos, en cualquier forma o medio, por concepto de la inactividad en las cuentas de ahorros, corrientes y de cualquier otra naturaleza en las entidades de intermediación financiera.