Roberto Fulcar aseguró que la resolución del Consejo Nacional de Educación lo autoriza para designar a los 18 directores mediante una orden departamental
Laura Castillo
Santo Domingo, RD-Tomado de Listin Diario
Xiomara Guante, presidenta de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), rechazó que la designación de los nuevos 18 directores regionales y distritales sea mediante una orden departamental que faculta al ministro de Educación, Roberto Fulcar, la libre elección de las autoridades.
Guante expresó que el ascenso e ingreso de nuevos directores distritales debe ser vía concurso “puro, simple y real”.
“La ADP no hace otra cosa que reivindicar un concurso real del ingreso y ascenso a la carrera, un concurso donde gane el mejor, el que tenga la mejor calificación”, aseguró durante la primera entrega de computadoras a docentes del Distrito Nacional y otras regiones del país.
Asimismo, expresó que el viernes pasado el Consejo Nacional de Educación (CNE) tomó una decisión donde se “supone que designarán nuevas autoridades de manera provisional para posteriormente convocar un discurso donde se permita de manera transparente y diáfana puedan participar todos los docentes a nivel nacional”.
Posición de EDUCA
Darwin Caraballo, director ejecutivo de Acción Empresarial por la Educación (EDUCA) dijo que las personas que sean designadas definitivamente para ser director regional y distrital tienen que “ser las mejores personas que el sistema pueda tener” y deben surgir de un proceso competitivo, riguroso y profesional que asegure la transparencia a la sociedad dominicana.
Además, expresó que aún no se tiene una decisión definitiva, ya que se formó una comisión entre la Asociación de Profesores (ADP), el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (Infotep), Acción Empresarial por la Educación (Educa) y el Ministerio de Educación (Minerd) “para elaborar la versión final”.
Destitución de directores
El Consejo Nacional de Educación (CNE) aprobó el pasado vienes la destitución de 18 directores regionales y distritales del Ministerio de Educación, con la condición de que ningunos fueran apartados sino que pasaran a ocupar funciones técnicas especializadas del plan del año lectivo 2020-2021.
“El Consejo también ha instado al ministro de Educación, para que, en uso de las atribuciones que nos confiere la Ley General de Educación 66-97, sean designados cuanto antes las nuevas autoridades regionales y distritales de Educación”, puntualizó el ministro Roberto Fulcar, en la reunión que participó con el CNE.
Además, el ministro Roberto Fulcar aseguró que la resolución del Consejo Nacional de Educación (CNE) lo autoriza para designar a los 18 directores mediante una orden departamental.
“Según la resolución del Consejo ha instado al ministro, que es el responsable, según la Ley 66-97 de designarlos mediante orden departamental”, señaló Fulcar.
Contrato por cinco años
El Ministerio de Educación nombró 18 directores regionales por un período de cinco años, el cual inició el 2018.
La selección de estos directores se realizó de acuerdo a la Ordenanza número 24-2017 que reglamenta el Sistema Competitivo de Selección de Directores Regionales y Distritales, firmada por el ministro de Educación Andrés Navarro en ese entonces.
La ordenanza antes mencionada establece que los profesionales designados como directores regionales por un período de cinco años deberán cumplir con los requerimientos de un primer año bajo estricto monitoreo y una vez superado este primer período, serán confirmados por los restantes cuatro años.
“Al finalizar el período de su designación como Director Regional o Distrital, pasará al puesto que desempeñaba anteriormente, o podrá ser designado para otra función por el Ministro de Educación, según las necesidades institucionales”, indica el artículo 19 de la ordenanza.
Los directores regionales y distritales actuales iniciaron sus funciones en el año 2018, lo que evidencia que aún no han finalizado el período que fueron designados, el mismo finaliza en el año 2023.
Concurso de selección
El artículo 139 de la Ley General de Educación 66-97 establece que “los cargos administrativos-docentes y técnicos-docentes de los diversos niveles del sistema educativo público serán servidos previos concursos de oposición, por oposición y méritos profesionales”.
Asimismo, detalla que “la oposición consistirá en la aplicación de pruebas y exámenes que se utilizarán para las personas que ingresen al servicio educativo”.
Mientras, que “la oposición y méritos profesionales se utilizarán para los ascensos y promociones, y se tomará en consideración el desempeño en las labores que haya mostrado el aspirante”, puntualiza el artículo.
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