domingo, 27 de agosto de 2023

EL TABLAZO DEL DÍA! MAP dispone suspensión de funcionarios y servidores públicos a cargos electivos

En ese sentido dispone la suspensión de los funcionarios y servidores públicos de organismos autónomos y descentralizados del Estado y de los gobiernos locales que figuren en las boletas de los diferentes partidos que terciaran en las elecciones de febrero y mayo del próximo año.

Tomado de www.proceso.com.do
SANTO DOMINGO, RD.- El ministerio de Administración Pública uso en vigencia mediante circular una serie de medidas para restringir la participación de funcionarios del gobierno postulados a caros electivos.

La disposición, copia de la cual obtuvo ACD Media, establece el tratamiento de funcionarios y servidores públicos nominados a ocupar pues tos de elección popular y está dirigida a los ministros, Contralor General de la República, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Directores Nacionales y Generales, Administradores y Subadministradores Generales, titulares de Órganos y Entes Descentralizados, Adscritos, Desconcentrados y Autónomos, y a los Ayuntamientos y juntas de Distritos Municipales.

“La presente circular tiene por objeto llamar la atención de los titulares, principales directivos y, de manera particular, a los responsables de las Oficinas de Recursos Humanos, respecto al tratamiento de funcionarios y servidores públicos nominados a ocupar puestos de elección popular, en las próximas elecciones de 2024”, dice la advertencia.

En ese sentido dispone la suspensión de los funcionarios y servidores públicos de organismos autónomos y descentralizados del Estado y de los gobiernos locales que figuren en las boletas de los diferentes partidos que terciaran en las elecciones de febrero y mayo del próximo año.

Basa su instrucción en la nueva ley 20-23 sobre régimen electoral, en virtud de la cual, es obligatorio para todo funcionario o servidor público de los organismos autónomos y descentralizados del Estado y de los gobiernos locales, salvo los que ya ocupen algún cargo electivo, informar de manera inmediata a los responsables de las Oficinas de Recursos Humanos de sus respectivas instituciones. sobre su postulación a algún cargo electivo.

Así como sobre la eventual aceptación de su candidatura por parte de la Junta Central Electoral o la junta electoral correspondiente, de forma que quede informado de su suspensión sin disfrute de sueldo, la cual operará de manera automática.

En ese sentido dispone la suspensión de los funcionarios y servidores públicos de organismos autónomos y descentralizados del Estado y de los gobiernos locales que figuren en las boletas de los diferentes partidos que terciaran en las elecciones de febrero y mayo del próximo año.