martes, 8 de octubre de 2024

ANALISIS Y PERSPECTIVA: Descripción en post cortos sobre la Reforma Fiscal dada a conocer y mis comentarios a modo de fijar posición al respecto

Por Mayobanex De Jesús Laurens…Estilo Bloguero
El presidente Luís Abinader y el ministro Jochi Vicente, presentaron ayer la iniciativa de Reforma Fiscal, que han denominado Propuesta de Modernización Fiscal, generando de inmediato un maremoto de opiniones de los que manejan términos económicos y de los que nada entienden sobre esa profesión, pero que saben “afectará sus bolsillos”.

Me he propuesto una recopilación de prácticamente todas las iniciativas anunciadas, en post cortos, como acostumbro, para edificar y externar mi posición al respecto:

RF1.LOS 4 EJES de la Reforma Fiscal de Abinader son: Protección Social, Programa de Inversión Pública y Gastos Priorizados, Reglas Iguales para Todos y Persecución de la Evasión Fiscal, y Modernización del Sistema Tributario. ¿Cumplirán con eso?

RF2.HAY INCLUIDO una propuesta de incremento salarial sectores público y privado para salario mínimo. Para el primero se plantea hasta 15 mil pesos. El segundo generará debates de inmediato. Esperen el show sindical.

RF3.EL INCENTIVO SOCIAL al Programa Aliméntate, será llevado de 1,650.00 a dos mil pesos mensuales. Ante tanta carga que de una u otra forma les caerá, es insuficiente, pero algo es algo. Sobre todo que es gratis.

RF4.CON LO RECAUDADO de la Reforma Fiscal, Gobierno se propone invertirlo en Seguridad Ciudadana, Transporte, Gobiernos Locales, Recapitalización BC, Sector Eléctrico, Transformación PN y Sistema Integrado de Transporte SD. Así luce bonito, en la práctica se hace otra cosa.

RF5.SE ESTABLECE que dos empresas que tengan el mismo beneficio neto deben pagar los mismos impuestos. Implementarán un sistema de percepción de rentas para ir cerrando evasión a contribuyentes de alto riesgo. Parece van con todo por ahí.

RF6.EL PROYECTO DE RF otorga a la DGII establezca agentes de percepción hasta un límite de un 5% del monto facturado. Se realizará una actualización de la norma de las tasas efectivas de tributación por sectores. Vienen duros por ahí.

RF7.SE ELIMINA EL ANTICIPO  a las Personas Físicas y Microempresas. Las pequeñas y medianas pagarán en base al 40% y 60% de los ingresos del período, respectivamente. Los pagos serán trimestrales, lo que representa un alivio. Debieron exceptuar las pequeñas.

RF8.SE HARÁ UNA reestructuración del RST, para que la DGII pueda ir incorporando de oficio a los contribuyentes que califiquen. Creo que debieron definir ahora los lineamientos que pudieran calificar para incorporarlos de inmediato.

RF9.LAS MICROS Y PEQUEÑAS EMPRESAS estarán exentas del pago del ISR aplicable a las Personas Jurídicas en las declaraciones juradas de sus primeros 3 ejercicios fiscales. Esta decisión es muy positiva, aunque no se establece para cuales períodos.

RF10.LOS EMPLEADOS que ganen sobre los 52,027.00 pesos mensuales deberán presentar declaraciones juradas ante la DGII. Al igual que en los EEUU, se busca disminuir la evasión fiscal, que todos declaren lo que reciben y tienen. Esta medida prende las alarmas en clase media.

RF11.EN TODAS LAS NACIONES al ITBIS se le llama IVA (Impuesto al Valor Agregado). A partir de esta reforma pasará a llamarse así. Obliga a programadores a cambiar el termino en los sistemas computarizados para la facturación.

RF12.SE INCREMENTA  de un 10% a un 15% la presunción de ganancia que obtienen las empresas extranjeras de transporte y seguros. Por igual se lleva a un 15% las retenciones sobre honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por personas físicas, con carácter de pago a cuenta. Hay muchos trabajos que no son en relación de dependencia que quedarán golpeados con un 5% adicional.

RF13.SE INCREMENTA DE 25% A 27% la retención máxima sobre premios o ganancias obtenidas en juegos de azar. Ni los jugadores se han escapado con esta propuesta de reforma fiscal de Abinader.

RF14.SE ELIMINAN los incentivos al sector turismo contemplados en varios párrafos  y distintos artículos de la Ley 158-01 de Fomento al Desarrollo Turístico y sus modificaciones (Confotur). Esperen de inmediato el grito de ese sector al quitarles esa “teta”.

RF15.SE ELIMINA las exenciones a la Industria Textil que contemplan los artículos 2 y 4 de la Ley 56-07. Ese sector industrial pondrá grito al cielo, pero la decisión es correcta, pues se busca incrementar los ingresos del Estado por todas las vías.

RF16.SE DEROGA el artículo 50 de la Ley 392-07 sobre Competitividad e Innovación (Proindustria), que contemplaba incentivos para las industrias. Ni modo, el golpe llega a los industriales y “todos deben de sacrificarse” ante el Estado.

RF17.SE DEROGA la exención del pago del ISR y Dividendos establecido por la Ley de Fideicomiso y Desarrollo Inmobiliario. Se busca que sea igual al de las Personas Jurídicas. Que paguen todos por igual, esa es la intención de esta propuesta de reforma fiscal.

RF18.Se elimina los incentivos a la Ley 108-10 para el Fomento de Actividad Cinematográfica o Ley de Cine y los incentivos contemplados en la Ley 340-19 de Mecenazgo Cultural. Esperen el grito de todos los ligados al cine y al arte. A ellos también se golpea.

RF19.SE MODIFICAN varios artículos de la Ley 12-21 de Desarrollo Fronterizo para asignar montos mínimos de inversión y empleo para acceder a los incentivos consignados por esa ley, y el cumplimiento de inversión para continuar operando en ese régimen. Viene grito legisladores de las fronteras.

RF20.SE AUMENTA del 3.5% al 5% el ISR por ventas al mercado local realizadas por las empresas de Zonas Francas. El objeto es exportar, pero lo que se vende local lo sacrificarán con un aumento de un 1.5% adicional, lo que incrementará sus costos.

RF21.SE ESTABLECE LA OPCIÓN de presentación de declaración del régimen ordinario por la proporción de ventas locales. Les dejan alternativas para las presentaciones de rentas. Es buena iniciativa.

RF22.SE GRAVAN con ISR las actividades ofrecidas por los operadores de parques de Zonas Francas. La intención es que todos paguen, nadie esté  exento ante la ley, por lo que veo también atinada esta iniciativa.

RF23.PROPUESTA de modificar el art. 306 bis del Código Tributario para establecer que la retención sobre los intereses será considerado como un pago a cuenta. Se elimina del párrafo I del referido artículo.

RF24.SE ELIMINA la deducción del gasto educativo del ISR establecido en la Ley 179-09, sobre Deducción de Gastos Educativos. Otro tablazo a la clase media, que verán esfumarse esta valiosa compensación de una parte de sus gastos en el año.

RF25.EL IMPUESTO AL PATRIMONIO INMOBILIARIO (IPI), el mínimo exento se fija en 5,025380.75 pesos, con la misma tasa del 1% del excedente cuando el valor de los inmuebles esté por encima. Se incluye ahora el valor conjunto de mejoras y de los solares en el IPI gravado. Ahí se armó la de ‘Satín’, el corre corre con las grandes propiedades.

RF25.EL ITBIS se deja con el mismo 18%, pero ahora se llamara IVA. Varios productos canasta familiar y servicios exentos, después “todo queda gravado con este impuesto. Se esperaba disminución de tasa, se dejó así y dieron el tablazo con ampliar la base tributaria.

RF26.SE INCORPORAN los servicios digitales para que tengan que pagar IVA. Prepárense a una gran subida de precios de las compras por Intenet y de los servicios en línea con esa medida en la reforma fiscal.

RF27.SE ELIMINA la exención de IVA y selectivos al consumo con las mercancías categorizadas como “envíos de bajo valor”, que sean por menos de 200 dólares. Golpe y contragolpe, no han dejado nada sin caerles encima con la reforma.

RF28.LAS BEBIDAS no alcohólicas con azúcar añadida se agrega un nuevo impuesto, de acuerdo con especificaciones que se señalan en la propuesta. Todos deben de pagar impuesto y esa es la tónica de esa reforma.

RF29.SE FIJA EL MARBETE como un pago único de 3 mil pesos para vehículos con año de fabricación mayor a 5 años, y de 6 mil pesos para los que son hasta 5 años. Obvian costo y marca e igualan a todos, lo cual no debe ser. Este es otro tablazo a la clase media-alta, que no se esperaba.

RF30.SE ESTABLECE arancel de un 20% a las importaciones de cigarrillos electrónicos y los insumos para su utilización. Medida correctísima, pues todo el que ‘quiera morir de los pulmones’ debe pagar impuestos “antes de irse”.

RF31.QUEDA ELIMINADA la exención a la importación de máquinas y artefactos de juegos de azar. Era de esperarse que a ese sector de los jugadores los iban a incluir con creces en esa propuesta fiscal.

RF32.SE ESTABLECE que las Asociaciones sin Fines de Lucro gozarán únicamente de la exención del ISR siempre y cuando los beneficios que se produzcan por sus operaciones  no sean distribuidas como dividendos a personas físicas o jurídicas. Decisión correctísima!

RF33.SE IMPLEMENTARÁ un programa de fiscalizaciones masivas y de auditorías de personas físicas, en donde se realizarán los cruces de sus consumos con los niveles de ingresos reportados a la DGII. Esto “mete miedo a la clase media”. El corre corre con esa medida.

RF34.SOBRE el Ajuste por Inflación al Salario, que desde hace varios años no se mueve, al parecer no está contemplado en esta propuesta. Ojalá y legisladores incluyan ese incentivo a clase media, subiéndolo significativamente.