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jueves, 26 de junio de 2025

PASOS PRÁCTICOS para cumplir con la facturación electrónica obligatoria en República Dominicana

La República Dominicana ha emprendido una significativa modernización de su sistema tributario con la promulgación de la Ley No. 32-23 de Facturación Electrónica. Esta legislación establece el marco regulatorio para el uso obligatorio de la factura electrónica, un cambio trascendental que busca no solo optimizar la recaudación fiscal, sino también agilizar las operaciones comerciales en el país.

Equipo Siempre Al Día
Actualizado el: 13 May 2025/Tomado de Alegrard
facturación electrónica obligatoria

Índice
Verificar la clasificación del contribuyente
Inscribirse (o estar inscrito) en el RNC y al día
Obtener acceso a la Oficina Virtual (OFV)
Adquirir un Certificado Digital
Adecuar o adquirir un software de facturación electrónica
Solicitar la autorización como emisor electrónico
Realizar pruebas y completar el proceso de certificación
Capacitar al personal y comenzar a emitir e-CF

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Para los contadores encargados de implementar la facturación electrónica en sus empresas o clientes, es importante seguir una hoja de ruta clara. A continuación se describen los pasos prácticos y requisitos para cumplir con la facturación electrónica obligatoria (Ley 32-23) y las disposiciones de la DGII:

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1.-Verificar la clasificación del contribuyente

Lo primero es confirmar en qué segmento está clasificado el contribuyente (GCN, GCL, Mediano, Pequeño/Micro). Esto determina su fecha límite de obligación. La DGII ha publicado listados oficiales –por ejemplo, se puede consultar si una empresa figura como GCL o Mediano en los listados del Aviso 11-24–. Identificar la categoría  permite saber el plazo exacto de implementación que le corresponde.

2.-Inscribirse (o estar inscrito) en el RNC y al día

Solo pueden ser emisores electrónicos aquellos contribuyentes formalmente registrados. Verifique que la empresa esté inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y que tenga actualizada su información en DGII. Asimismo, debe estar al día en sus obligaciones tributarias y deberes formales (declaraciones presentadas, pagos hechos, etc.), ya que la DGII exige cumplimiento normativo para autorizar nuevos NCF electrónicos.

3.-Obtener acceso a la Oficina Virtual (OFV)

La Oficina Virtual de la DGII es la plataforma en línea mediante la cual se gestionan muchos trámites, incluyendo la solicitud para ser emisor e-CF. Asegúrese de que el contribuyente tenga su clave de acceso a OFV activa, o de lo contrario registrarse para poder realizar la solicitud de autorización de manera electrónica.

4.-Adquirir un Certificado Digital

Un requisito indispensable es contar con un Certificado Digital para Procesos Tributarios, emitido por una entidad certificadora autorizada por INDOTEL (Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones). Este certificado se utiliza para la firma digital de los e-CF, garantizando su autenticidad. Se debe tramitar a nombre del contribuyente (persona o empresa) que emitirá las facturas, cumpliendo con los estándares de firma digital reconocidos en el país. Muchos proveedores de factura electrónica facilitan este servicio o guían en cómo obtenerlo.

5.-Adecuar o adquirir un software de facturación electrónica

Existen dos vías principales para emitir e-CF:

Sistema propio desarrollado o adaptado: 
La empresa puede adecuar su software contable/ERP para generar facturas en el formato electrónico XML exigido por la DGII. En ese caso, deberá seguir las especificaciones técnicas y de integración provistas por la DGII y superar pruebas de certificación. La DGII exige que el sistema propio cumpla todos los requisitos de emisión y recepción de e-CF antes de autorizar su uso.

Proveedor de Servicio de Facturación Electrónica (PSFE): 
Alternativamente, se puede contratar a un proveedor autorizado por la DGII para emitir facturas electrónicas. Actualmente hay decenas de PSFE certificados en RD. Estos proveedores ofrecen soluciones en la nube o software que ya cumplen con la normativa, facilitando la implementación. 

Facturador Gratuito de la DGII: 
Para contribuyentes de bajo volumen de facturación, la DGII dispone de una herramienta web gratuita que permite generar e-CF manualmente. Es ideal para pequeños negocios que emiten pocas facturas al mes y no quieren incurrir en costos de software. Conviene revisar si el contribuyente cumple los criterios para usar esta herramienta y si se adecua a sus operaciones.

6.-Solicitar la autorización como emisor electrónico

Una vez la empresa tiene los medios (certificado digital y sistema) listos, debe solicitar formalmente a la DGII ser habilitada como Emisor Electrónico. Esto se realiza llenando el Formulario de Solicitud de Autorización (FI-GDF-016), disponible en la OFV o para entrega presencial. En la Oficina Virtual, hay un menú específico para solicitar la habilitación de e-CF, donde se completa el formulario en línea y se adjuntan los documentos requeridos. Alternativamente, se puede descargar el formulario y presentarlo en las oficinas de la DGII si fuese necesario. En esta solicitud se informa qué sistema o proveedor se utilizará, y se aporta el certificado digital del contribuyente.

7.-Realizar pruebas y completar el proceso de certificación

Tras la solicitud, la DGII requiere que el contribuyente emisor demuestre que su sistema emite correctamente los e-CF. Se entra así en un proceso de pruebas controladas: se emiten facturas de prueba que la DGII valida técnicamente. Es necesario cumplir con todas las exigencias técnicas (estructura del XML, catálogos de datos, firma digital correcta, comunicación con los Web Services de la DGII, etc.).

La DGII ha publicado guías técnicas y manuales para este fin, y asigna personal de apoyo para guiar al contribuyente o su proveedor durante la certificación. Si se presentaran errores, deberán corregirse y repetir las pruebas hasta lograr la aprobación. Al final, la DGII emitirá la certificación como Emisor Electrónico autorizado, momento en el cual se pueden comenzar a emitir comprobantes fiscales electrónicos en producción.

8.-Capacitar al personal y comenzar a emitir e-CF

Obtenida la autorización, la empresa debe iniciar la emisión regular de facturas electrónicas en sus operaciones diarias. Es importante capacitar a todo el personal involucrado (encargados de facturación, contadores, encargados de IT) en el uso del nuevo sistema. También se debe notificar a los clientes y suplidores sobre el cambio, ya que desde entonces las facturas se enviarán electrónicamente (por correo con archivo XML, enlaces de descarga, etc., y con representación impresa si se requiere). 

Conviene tener procedimientos de contingencia por si ocurre alguna falla técnica (por ejemplo, saber cómo operar si el servicio de facturación se cae momentáneamente – la ley prevé mecanismos de contingencia, como emitir comprobantes especiales y luego reportarlos, para estos casos).

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Siguiendo estos pasos, el proceso de adopción puede llevar varias semanas o meses dependiendo del tamaño de la empresa y la solución tecnológica elegida. Por ello, no se debe esperar hasta último momento. Los contadores deben elaborar un plan de implementación detallado, asignando responsabilidades (IT, contabilidad, proveedores externos) y calendarizando pruebas con suficiente anticipación. 

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