La jueza presidenta de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia(SCJ), Miriam Germán Brito.
Ramón Cruz Benzán
Ramon.benzan@listindiario.com
Santo Domingo/Tomado de Listin Diario
La
jueza presidenta de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de
Justicia(SCJ, Miriam Germán Brito, afirmó anoche que hay evidencias de
que el ministerio público tiene dificultades para probar la acusación
contra los imputados del caso Odebrecht, y advirtió de que si no mejora
en eso, “no tendrán éxito en un posible juicio de fondo”
Sostiene
que en el estado actual del proceso, y con lo aportado para la medida
de coerción, “se aprecia una dificultad probatoria que, de no ser
subsanad en el curso de la investigación”, no augura un futuro
esperanzador, por el momento, del juicio a fondo.
Reconoció
que su decisión les puede echar “un montón” de descalificaciones,
rumores, insultos y tuitear alevoso, “por iniciativa propia o por
encargo”.
Sin
embargo, la magistrada Germán Brito expresó que mal juez sería ella si
dejara de actuar conforme a la Constitución y las leyes y, lo que es más
grave, conforme a su conciencia frente a una sentencia que considera
“vulnera derechos fundamentales”.
"En
mi ejercicio como juez tengo mi prenda más preciosa: un pequeño espacio
en el cual soy mi propia dueña que no se lo sedo a nadie", indicó.
Justificó
la variación de la medida de coerción a los imputados por considerar
que los procesados no intentaron sustraerse a las actuaciones judiciales
y comparecieron, incluso, cuando fueron requeridos.
Indicó
que ese argumento la obliga a examinar aspectos probatorios que no son
parte de lo ordinario de una medida de coerción y que a cualquier
persona mínimamente preocupada por la suerte de este proceso le
atormenta el aspecto probatorio.
Dijo
que la mayor parte de las pruebas que dice tener el ministerio público
es “fruto de delaciones premiadas que se han vertido en Brasil, pero una
por una no contienen afirmaciones tajantes y precisas sobre actividades
de los imputados”.
"Abunda
en ´yo creo, me parece´ y, en algunos aspectos, una tajante negativa.
Se señala la actuación de un supuesto intermediario, en este caso la
persona que está procesada, pero, a aparte de la justificación para este
procesado con respecto al concepto de los valores recibidos, no
apreciamos que existen transferencias de dicho señor hacia otro
procesado; es necesario aclarar que este argumento no significa que
pongamos en duda la inocencia de ese procesado porque después de todo no
hay una sentencia condenatoria", aduce.
Considera
que en la solicitud de medida de coerción se incluye a personas que
salieron de la función pública hace 13 años, otros que no lo estaban al
momento de los hechos; los hay a quienes se les atribuyen participación
cuando ya no eran funcionarios.
Indicó
que la decisión recurrida desaprovecha una magnífica oportunidad para
censurar la práctica de ciertas agencias ejecutivas, policiales y
ministerio público, proscrita a pena de nulidad por el artículo 95,
numeral 8, consistente en presentar a la persona imputada en forma que
lo dañe en su dignidad, que lo coloque en riesgo o daño.
En
cuanto a los señalamientos de las delaciones la Procuraría, en el
tiempo que ha dispuesto hasta ahora, Germán Brito dice que “bien podría
haber aportado un documento con mayor rigor donde no se vieran
situaciones como presentar un bien específico, como una vivienda como
producto del lavado; lo que consta es que esa vivienda le fue incautada
al propietario hace años, porque la adquirió con un préstamo y no pagó
la cuota”.
Y
añadió: “Hay aspectos como, por ejemplo, los aumentos patrimoniales y,
en cuanto a la posible licitación de esos bienes, es un temor
justificado y ante ese temor justificado debieron haberse tomado las
medidas precautorias que fueran de lugar”.
En
diversos escenarios, conferencias, voto disidente, “he insistido en que
la teoría del ministerio público no es una prueba; es su concesión de
los hechos frente a los cuales debe aportar las correspondientes pruebas
y no solo aportarla de manera pura y simple, sino hacerlo bajo
condiciones que permitan que la misma sean controvertidas”.