Tomado de El Caribe
La decisión emitida por el juez
Alejandro Moscoso Segarra está ajustada a sólidos principios
constitucionales y en obediencia a reglas imperativas al derecho
procesal, consideró este jueves el jurista Ramón Pina Acevedo sobre el
fallo de “no ha lugar” emitido en el caso del senador Félix Bautista.
Pina Acevedo calificó como valiente, honesta y acertada la decisión de Moscoso Segarra.
“Es muy valiente, honesta y acertada la
decisión del magistrado Alejandro Moscoso Segarra. En su decisión, luce
un conocimiento profundo no solo de nuestro Derecho Procesal, sino de
todo el armazón constitucional que protege al ciudadano contra las
injusticias”, sostuvo el jurista, de acuerdo con una nota de prensa.
Destacó que es difícil, por no decir
imposible, dudar de la rectitud y honorabilidad del juez Moscoso
Segarra, quien ejerció primero como ayudante del fiscal del Distrito
Nacional, después como procurador fiscal, donde desarrolló una
inolvidable y correcta labor que no ha podido ser superada, todo sin
contar su intervención en otros cargos de la administración pública
cercanos a la Justicia, donde siempre ha salido sin mancha.
“Su decisión, que la mayoría comenta sin
haberla leído, revela un conocimiento cabal de la materia y un valor a
toda prueba para respetar y consignar su criterio y convicción”,
manifestó Pina Acevedo.
Aseguró que el magistrado Moscoso
Segarra cumplió con el mandato de la ley, de la Biblia y de su
conciencia, haciendo valer su convicción aún a riesgo de que los más
mezquinos intereses urdan en las sombras toda clase de dicterios para
desconocer la honradez de un ejemplar magistrado.
Destacó que “ese rosario de acusaciones
fue sometido a la consideración del Ministerio Público, que consciente
del valor de las pruebas, decidió en buena justicia, en el momento,
ordenar el archivo del expediente formado que, lógicamente, no podría
ser vuelto a la vida con las mismas pruebas”.
“Si se observa que a la sombra del
principio constitucional, surge la aclaración del Código Procesal Penal
en su artículo 9, cuando manda una `única persecución´, o sea, nadie
puede ser perseguido, juzgado ni condenado dos veces por un mismo
hecho”, precisó finalmente Pina Acevedo.