REELECCIÓN.
Danilo promulga Ley de Reforma tras aprobación de diputados.
Sesión. La Cámara de Diputados
declaró ayer de urgencia el proyecto de ley y lo aprobó en dos lecturas
consecutivas con el apoyo de los legisladores del PLD, PRD, PRSC y dos
del PRM.
Ramón Pérez Reyes y Adriana Peguero
Santo Domingo/Tomado de Diario Libre
La presidenta del Senado,
Cristina Lizardo, convocó ayer la Asamblea Nacional Revisora para
reformar la Constitución y establecer la reelección presidencial, para
permitir que el presidente Danilo Medina pueda optar por un segundo
mandatado 2016-2020, con un artículo transitorio de que solo podrá
presentarse por ese segundo y único período constitucional consecutivo,
no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.
La convocatoria hecha por
Lizardo, quien además es presidenta de la Asamblea Nacional, se produjo
horas después de que el presidente Medina promulgara la Ley que convoca a
la Asamblea Revisora, la que a su vez había sido recibida momentos
antes por la Cámara de Diputados, que la aprobó de urgencia en dos
lecturas consecutivas.
El Partido de la Liberación
Dominicana (PLD) logró el consenso con los partidos Revolucionario
Dominicano (PRD) y el Reformista Social Cristiano (PRSC) para obtener el
voto favorable de 148 diputados, 80% de la matrícula, y aprobar el
proyecto de ley que convoca a la Asamblea Revisora de la Constitución.
A las 3:00 de la tarde de ayer,
unas dos horas después de ser aprobado, el presidente de la Cámara de
Diputados, Abel Martínez, envió el proyecto al presidente Medina, para
su promulgación.
Este miércoles se reunirán los
equipos de protocolo del Senado y la Cámara de Diputados, para
establecer los pormenores y el programa que regirá la Asamblea en la
sesión del sábado.
La votación fue 148 a favor y 38 en contra, tanto en la primera como en la segunda lectura.
Votaron también a favor del
proyecto los diputados del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Juan
José Morales; de Samaná, y Fabio Vargas, de Barahona. De inmediato el
vocero del PRM, Nelson Arroyo, anunció que quedaron automáticamente
expulsados.
Renuncia
También causó sorpresa que el
diputado peledeísta por Azua, Víctor Sánchez, votó en contra del
proyecto, y que durante la sesión anunció su renuncia de esa
organización por su inconformidad con el proyecto que propuso ese
partido.
El PLD esta vez no contó con el
voto de Minou Tavares, quien renunció; Vinicio Castillo Semán, de la
Fuerza Nacional Progresista (FNP), y Guadalupe Valdez, de la Alianza por
la Democracia (APD), quienes fueron elegidos en boletas unidas al
partido morado.
El secretario general del PLD,
Reinaldo Pared, estuvo observando desde el balcón el desarrollo de la
sesión, mientras el hemiciclo rechazó varias propuestas de modificación
al proyecto que hicieron los diputados Ramón Rogelio Genao, Castillo
Semán, Guadalupe Valdez y Juan Hubieres.
El proyecto había sido aprobado la pasada semana por el Senado y remitido este lunes a la cámara baja.
La ley declara la necesidad de
la convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora de la Constitución,
para reformar el artículo 124 de nuestra Carta Fundamental y establecer
un artículo transitorio en el texto de la misma.
La pieza en un artículo
transitorio permitiría que el Presidente de la República pueda optar por
un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo
postularse jamás al mismo cargo.
La asamblea
El artículo 271 de la
Constitución establece que la Asamblea Nacional deberá reunirse dentro
de los quince días siguientes a la publicación de la Ley que declara la
necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los
miembros de cada una de las cámaras.
Añade que “sus decisiones se tomarán por la mayoría de las dos terceras partes de los votos”.
Asimismo, establece que una vez
votada y proclamada la reforma por la Asamblea Nacional Revisora la
Constitución será publicada íntegramente con los textos reformados.
En tanto que el artículo 270 de la Carta Magna establece que dicha ley no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo.
Danilo promulga ley
A pocas horas de que la Cámara
de Diputados aprobara la Ley, el Poder Ejecutivo la promulgó. La
información la suministró el vocero de la Presidencia, Roberto Rodríguez
Marchena, en una rueda de prensa que ofreció en el Salón Orlando
Martínez del Palacio Nacional.
El presidente de la cámara de
diputados, Abel Martínez, envió una misiva al mandatario la cual fue
recibida en la consultoría jurídica de la Casa de Gobierno a las 3:00 de
la tarde y a las 6:00 PM se informó que la pieza había sido promulgada.
(+)
LOS OBJETIVOS DE LA LEY 24-15 PROMULGADA
El primer considerando de la Ley 24-15 establece que de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 269 de la Constitución,
esta podrá ser reformada si la proposición de reforma se presenta en el
Congreso con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra
cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo.
El artículo uno de la Ley 24- 15
precisa que se declara la necesidad de modificar el artículo 124 de la
Constitución, así como el establecimiento de un artículo transitorio en
el texto de la misma.
Mientras que el artículo dos del
decreto número 24-15 destaca que la reforma tiene como objetivo que el
presidente pueda optar por un segundo y único período constitucional
consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.
En la parte a del artículo dos
expresa que el objetivo de la presente reforma es permitir que el
presidente de la República pueda optar por un segundo mandato y único
periodo constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al
mismo cargo.
En tanto que la parte B del
mismo señala también que el objetivo es establecer un artículo
transitorio que consigne que en el caso eventual de que el presidente de
la República Actual, sea candidato presidencial para el periodo
2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente periodo y a ningún
otro.
Asimismo el artículo tres de la
Ley 24-15 ordena la reunión de la Asamblea Nacional Revisora en los
siguientes 15 días posteriores a la publicación de la presente ley.