Karina Jiménez/Tomado de El Caribe
El
Tribunal Superior Administrativo declaró inadmisible la medida cautelar
solicitada por los propietarios de terrenos en Valle Nuevo que buscan
la suspensión de los efectos de la resolución 14-2016 del Ministerio de
Medio Ambiente que prohíbe las actividades agropecuarias en el Parque
Nacional Juan Bautista Pérez Rancier, en Constanza.
“Se
rechaza la solicitud de medida cautelar interpuesta por Granja Mora,
Flores Purama, lores Antillanas, en contra del Ministerio de Medio
Ambiente y Recursos Naturales”, indica la sentencia.
Las
empresas que desarrollan actividades agrícolas en áreas de Valle Nuevo
solicitaron ante el TSA la nulidad de la resolución del Ministerio de
Medio Ambiente y Recursos Naturales.
De acuerdo a la instancia, elevada
por las firmas Granja Mora, Flores Purama y Flores Antillanas, Medio
Ambiente otorgaba un plazo de 120 días a los agricultores para que
eliminen los cultivos frutales y de hortalizas en la zona, con lo cual
se “inobservaron de manera grosera” varias disposiciones legales.