Cándida Acosta
Santo Domingo, RD-Tomado de Listin Diario
El proyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos del 2021,
presentado por el Gobierno, plantea una «cuasi» reforma fiscal basada en la
obtención de recursos mediante el consumo.
La
disposición, retoma medidas contempladas y no aplicadas en reformas fiscales
anteriores y otras nuevas que impactarán de forma negativa el comercio
electrónico, la liberalización del Impuesto Sobre la Renta (ISR) basado en el
ajuste por inflación, exceptuando el mínimo exento; grava la importación de GLP
con US$174.50 por tonelada métrica y pone una tasa de 25% a la importación de
maquinarias y aparatos para aires acondicionados.
El proyecto
también grava con un 8% sobre ganancias extraordinarias a empresas que presume
obtuvieron grandes utilidades durante la pandemia del Covid-19 en el año 2020.
Asimismo,
elimina toda exoneración de importación de maquinarias de juegos de azar, con
la excepción de casinos.
Por concepto
del nuevo impuesto sobre el comercio y las transacciones
internacionales/comercio exterior, el Gobierno proyecta obtener ingresos
ascendentes a RD$38,526,62,712, equivalentes a un 0.8% del producto interno
bruto (PIB) del 2021.
También
espera captar un monto poco relevante por “impuestos ecológicos”, que no detalla.
En general,
el monto por impuestos proyectado es de RD$657,166.2 millones, equivalentes a
un 13.4% del PIB.
Dentro de su
propuesta legislativa, además se adiciona un 0.5% al 1% correspondiente de
manejar al Poder Ejecutivo mediante el Fondo de Calamidad Pública, para que en
vez de 1% sea 1.5%.
Asimismo,
dejan sin efecto el ajuste por inflación establecido en el Código Tributario
11-92, lo cual ha estado ocurriendo en los últimos años; suspende la exención
del Impuesto Sobre la Renta (ISR) contemplado en el artículo 222 del Código
Laboral dominicano, sobre el salario de Navidad, con excepción de los salarios
que caen dentro del mínimo exento, es decir, hasta los 34,106.75 mensuales. El
resto de los asalariados, que tenía varios tramos de porcentajes de 15%, 20% y
25%, desaparecen de cuajo y pagarán impuesto, al igual que para el sueldo
navideño.
Sobre la
contribución temporal de un 8% a las empresas con ganancias extraordinarias
durante la pandemia, explica que la ganancia extraordinaria será el monto que
excede del 5% de la diferencia entre la renta neta imponible (sin ajustes
fiscales) de la declaración del ISR del año 2021 y del 2020.
Respecto a la
contribución (impuesto) a la importación por cada tonelada (TM) de Gas Licuado
de Petróleo (GLP), para ser destinado a un Fondo Especial de Solidaridad para
la prevención y reconstrucción de provincias impactadas por efecto del cambio
climático, dice que el tributo será aplicado a la masa de GLP o sus componentes
expresados por TM.
La
contribución de RD$2.00 por consumo de gasoil y gasolina Premium será cobrado
por la Dirección General de Aduanas.
Otra carga al
consumo es el cambio en el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los aparatos y
maquinarias para aires acondicionados, a los que se aplicará una tasa de 25%.
La
constitución de sociedades deberá contribuir con un 1% que deberá ser pagado
con el ISR anual. Otra carga es un 1% anual a los activos financieros netos de
la entidades de intermediación financiera, que será deducible del ISR.
3% impuesto
al consumo con tarjetas
El impuesto
transitorio de 3% sobre las operaciones o consumo en moneda extranjera pagado
con tarjetas de débito o crédito que sean realizados por residentes nacionales
aplica también a los dominicanos que viajan fuera del país y pagan sus compras
con tarjetas.
El 3% del
consumo será deducido por las entidades de intermediación financiera, quiénes
serán los agentes de retención del nuevo gravamen que tendrá dos modalidades.
Si la tarjeta
es de crédito, se aplica el 3% sobre el capital pagado y, si es de débito, la
tasa aplicable será establecida sobre el monto de la transacción.
Asociaciones
Sin Fines de Lucro
Las
Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) estarán obligadas a remitir un informe
trimestral del uso que cada mes dan a los recursos.
Impuestos
relevantes
1.) Un
impuesto transitorio de 8% sobre las “ganancias extraordinarias” que hayan
obtenido las empresas por los efectos del estado de emergencia y del Covid-19.
2.) Impuesto
3% todas las compras realizadas en moneda extranjera con tarjetas de crédito y
de débito, además de los servicios digitales que ofrecen empresas extranjeras
para consumo local
3.)
Eliminación de las exenciones de impuestos a las importaciones de equipos y
máquinas de juegos de azar, con excepción de casinos.
4.) Gas
licuado de petróleo (GLP) sobre el cual el Gobierno aplicaría un impuesto
adicional equivalente a US$174.50 por cada tonelada métrica de ese combustible
o de sus componentes (butano y propano) que sean importados para su
comercialización en el país.
5.) Bancos
comerciales que deberán pagar un impuesto de 1% sobre sus activos financieros
netos,
6.) Para los
equipos y maquinarias utilizados en los acondicionadores de aire, el nuevo
proyecto de presupuesto propone el aumento a un 25% del impuesto selectivo al
consumo (ISC).
7.)
Suspensión del artículo 222 dl Código Laboral durante el 2021, el cual consiste
en el Salario de Navidad, que no está sujeto a la retención de renta, por lo
que en adelante le será cobrado el Impuesto Sobre la Renta.
8.) Las
Empresas prioritarias contempladas en la Ley 56-07, que declara prioridad
nacional los sectores de la cadena textil, confecciones y accesorios, suela,
fabricación de calzados de manufactura de cuero, deberán adelantar un 50% de
ITBIS sobre materias primas, insumos y maquinarias industriales y equipos y
bienes de capital importado. Se crea un régimen regulatorio para estas
industrias.
No obstante,
las empresas exportadoras que resulten con saldo a favor podrán reclamar
reembolso por concepto del impuesto adelantado.
Economista ve
distorsión
El economista
Luis Manuel Piantini advierte a las autoridades que la creación de un impuesto
a las operaciones internacionales crearía una distorsión en el mercado
cambiario cuando ya estas fueron eliminadas con muchas crisis en los años 80 y
90.
Afirma que en
este país no hay nada que sea transitorio, como es el impuesto a las
transacciones financieras. «Habiendo superado el país los traumas sobre las
distorsiones. Es muy cuesta arriba que retomemos esos caminos cuando estamos
abogando por atraer inversiones extranjeras al país», dijo.
Adicionalmente,
agregó, esto aumenta el nivel del arancel efectivo y altera el régimen
cambiario, temas tanto del comercio como del cambiario que son objetos de
regulación por parte de organismos internacionales de los cuales el país es
miembro firmante en el cumplimiento de esos acuerdos.
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