MINERD y Consejo Nacional de Educación citados ante el TSA para el martes
20 de octubre
Santo Domingo.- El Ministerio de Educación (MINERD), Consejo Nacional de Educación, el ministro Roberto Fulcar, el viceministro de Centralización y Participación Julio César De Los Santos, la gobernadora de San Pedro de Macorís, Aracelis Villanueva Figueroa e Isidro Santana Ramírez, designado provisional en la Dirección Regional 005, con sede en San Pedro de Macorís, fueron citados a comparecer ante el Tribunal Superior Administrativo, el próximo martes 20 de octubre.
Dicha audiencia fue fijada a fin de conocer la solicitud de medida
cautelar, que procura suspender los efectos, evitar el daño y perturbación
generada como consecuencia de las acciones ilegales asumidas por estas
autoridades en contra los más de 105 servidores públicos afectados, en especial
el Bolívar Yunior Sosa Soriano, quien fuera forzado a abandonar la oficina de
la dirección regional 005, sin contar con la autorización legal.
En la solicitud de medida cautelar se pide al juez presidente del TSA,
entre otras cosas, el cese de toda acción y decisión asumida por el señor
Isidro Santana Ramírez, quien ha asumido el puesto de director regional 0500 de
manera provisional, hasta tanto intervenga la sentencia que decida sobre la
suerte definitiva de la acción o recurso principal, en torno a la sustitución
de Sosa Soriano.
Además de este proceso, la mayoría de los directores regionales y
distritales afectados con la ordenanza 01-2020, solicitaron al TSA imponer las
medidas cautelares ante la perturbación generada por esta decisión, en el
entendido de que consideran que dicha ordenanza viola los principios de
proporcionalidad, confianza legítima y coherencia, establecidos en el artículo
3 de la Ley 107-13, que regula los derechos y deberes de las personas en sus
relaciones con la Administración Pública, constituyéndose en una perturbación
manifiestamente ilícita que afecta a cientos de servidores públicos del MINERD.
Los abogados accionantes Nelfis Stapleton y Yulibelys Wandelpool, sostienen
que con la aprobación de la ordenanza 01-2020, y las consecuentes decisiones
tomadas por Roberto Fulcar y demás funcionarios demás funcionarios de
Educación, transgreden el Principio de Seguridad Jurídica, de previsibilidad y
certeza normativa, establecido en el art. 3.8 de la Ley 107-13, que cita:
Principio de seguridad jurídica, de previsibilidad y certeza normativa: Por los
cuales la Administración se somete al derecho vigente en cada momento, sin que
pueda variar arbitrariamente las normas jurídicas y criterios administrativos.
En concreto, se procura una decisión judicial que evite que se sigan dando
pasos que violenten los derechos de servidores públicos del sector educación,
afectando la institucionalidad y desconociendo un proceso que sentó las bases
para que los indicados profesionales de la educación se sometieron al sistema
competitivo de selección, el cual, se estableció conforme a la Ley General de
Educación, como una forma de garantizar la calidad de la educación mediante la
selección, evaluación y promoción del personal docente, sobre la base de
méritos y aptitudes, atendiendo a los intereses de los educados, los padres de
familia y la comunidad, según contempla el pacto educativo suscrito en el 2014
por el presidente Luis Abinader y la directora de Ética Gubernamental Milagros
Ortiz Bosch.
