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Santo Domingo - jul. 10, 2025 | Diario Libre
El Ministerio Público señala en el expediente de la Operación Lobo que los sobornos fueron pagados en Inaipi, Senasa y las Edes. (ARCHIVO)
La empresa Servicio Nacional de Seguridad Integral SRL (Senase) pagó sobornos a funcionarios del Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa) y las empresas distribuidoras de electricidad del Norte (EdeNorte), del Este (EdeEste) y del Sur (EdeSur), durante los periodos 2012-2020 y 2020-2025.
Así lo establece el Ministerio Público en el marco de una investigación sobre corrupción administrativa y lavado de activos.
"Estas instituciones públicas fueron tomadas por la estructura criminal para drenar fondos públicos", revela el documento de solicitud de medida de coerción contra los involucrados en este caso.
Asegura el expediente que la empresa Senase, propiedad del empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez, fungió como eje de una red criminal dedicada a canalizar sobornos y disimular fondos ilícitos derivados de contrataciones estatales adjudicadas mediante prácticas corruptas en instituciones públicas.
"Como hemos indicado, la estructura operaba mediante la entrega sistemática de sobornos a funcionarios públicos con poder de decisión en los procesos de contratación, abarcando desde la elaboración de los términos de referencia hasta la ejecución y fiscalización de los contratos", establece el Ministerio Público.
Afirma, además, que "estas dádivas aseguraban la adjudicación, renovación y continuidad de los contratos de seguridad privada en instituciones como Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), en la que el imputado Francisco Guarín Fernández Vásquez, fungía como encargado del Departamento de Seguridad".
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Reseña que la empresa Senase fue constituida el 16 de noviembre de 1998. Su socio mayoritario es el imputado Quilvio Bienvenido Rodríguez González, con un 94 % de participación. Los demás socios son su esposa e hijos.
Según el Ministerio Público, durante el período comprendido entre los años 2014 y 2024, la empresa imputada, "conforme a la información financiera verificada, movilizó un total de RD$7,247,384,166.99".
"Es un hecho probado con los elementos de prueba que reposan en el presente escrito, que de un 5 % a un 10 % de sus ingresos por servicio los destinaba a la distribución de sobornos a funcionarios públicos y personas vinculadas a los procesos de contratación, tanto en el sector público como en el privado. Así las cosas, esos sobornos representa un rango de entre RD$362,369,208.35 y RD$724,738,416.70, entregados a terceros con el propósito de asegurar los contratos y su continuidad en condiciones ilegales", dice el Ministerio Público en el expediente.
Los que habrían recibido los sobornos
El Ministerio Público solicitó la noche del miércoles 9 de julio prisión preventiva contra ocho altos oficiales militares y dos civiles, entre estos el empresario, involucrados en la estructura de corrupción administrativa enfrentada con la Operación Lobo, la cual se valía de la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Además de solicitar prisión preventiva contra el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz y los coroneles Andrés Pacheco Varela, Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández y Elías Camaño Pérez, el Ministerio Público solicita que el caso sea declarado complejo.
La solicitud incluye al coronel de la Fuerza Aérea, Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar, y al primer teniente del Ejército, Wellington Peralta Santos; al empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González; al coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz y al civil Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
La investigación del Ministerio Público partió de una denuncia remitida al Ministerio Público por la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental.
Calificación
En el caso de Senase, los hechos que se les imputan se subsumen en las conductas típicas establecidas en los artículos 3, 4 numeral 10, 8 numerales del 1 al 5, (Lavado de Activos y financiamiento del terrorismo) de la Ley núm. 155-17 sobre Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo, todo esto en perjuicio del Estado dominicano y artículo 3 y 6 de la ley Núm. 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión, así como autor de lavado de activos debidamente tipificado en el Art. 3 numerales 1, 2 y 3, Art. 4 numeral 8 y Art. 9 numerales 1, 2 y 4 de la Ley núm. 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.