Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader dispuso la modificación del Fondo de Asistencia Social al Empleado, FASE I, Extendido para los meses de enero, febrero, marzo y abril del año 2021, con el objetivo de otorgar un subsidio a modo de asistencia para aquellos trabajadores que se encuentren con sus contratos de trabajo suspendidos, de acuerdo con los requisitos establecidos.
Mediante el decreto 742-20, que crea
FASE I Extendido, quedan derogados los decretos 143-20 y 184-20, comunicó la
Dirección de Información y Prensa de la Presidencia.
Para acogerse al FASE I Extendido,
los trabajadores deberán haber tenido una suspensión activa por su empleador
aprobada por el Ministerio de Trabajo; haber estado inscrito a la última
quincena de diciembre del 2020, en la modalidad FASE I.
Además, no estar cotizando en el
Sistema Dominicano de Seguridad Social, el empleador deberá tener actualizados
los datos del trabajador en el Sistema Integrado de Relaciones Laborales
(SIRLA) y no recibir ningún subsidio por parte del Estado dominicano.
Para tomar la medida el presidente
Abinader tomó en consideración que aunque en los meses recién pasados se ha
verificado una importante reactivación económica, todavía quedan empresas sin
poder operar a toda capacidad como consecuencia del COVID-19.
Monto y límites del FASE I Extendido
En la extensión del programa, el
Gobierno dispone que el monto nunca será menor de 5,000 pesos ni mayor a 8,500
pesos, o el equivalente a un 70% del salario ordinario del trabajador reportado
a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para febrero del 2020.
El desembolso de este subsidio será
realizado a través del Ministerio de Hacienda, en coordinación con el
Ministerio de Trabajo.
Pérdida del beneficio
El Fase I Extendido se perderá por
el levantamiento de la suspensión del contrato de trabajo por parte de la empresa
ante el Ministerio de Trabajo.
También, por la no renovación de la
suspensión del contrato de trabajo por parte de la empresa ante el Ministerio
de Trabajo, la terminación del contrato de trabajo y reporte de dicha
terminación al Ministerio de Trabajo.
Asimismo, por cotización en el Sistema
Dominicano de Seguridad Social o por beneficio de cualquier otro programa de
asistencia social del Estado dominicano.
En lo que se refiere al FASE 2 ,
éste será sustituido por un programa especial que estará siendo anunciado en el
mes de enero, y llevado a cabo a través de un acuerdo interinstitucional entre
Promipyme, Banca Solidaria y el ministerio de Trabajo, centrado en ayudar de
manera especial a las micros, pequeñas y medianas empresas a fin de que puedan
mantener sus operaciones y cuidar los puestos de trabajo.