Ramón Cruz Benzán
Santo Domingo, RD/Tomado de Listin Diario
La procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, dijo que no es
partidaria de la prisión preventiva cuando es ordenada “de manera alegre” por
los tribunales.
Explica que mientras el Ministerio
Público solicita las medidas de coerción que entiende pertinentes, son los
jueces quienes tienen la responsabilidad de otorgar o negar un pedio de prisión
preventiva, conforme a la ley.
Este y otros temas fueron tratados
por la Procuradora General de la República en el curso de una visita al
director de Listín Diario, Miguel Franjul, con ocasión del Día Nacional del
Periodista.
Aunque Germán Brito manifestó su
respeto y consideración por las aspiraciones y el reclamo popular, advirtió de
que “la justicia debe ser administrada con serenidad y sin pisotear garantías
procesales”.
Es de consideración que, si se
instrumenta un expediente penal con cuidado, sin incurrir en abusos, ni
violaciones de derechos, “tiene mejor suerte en los tribunales”, agregando que
está demostrado que el Ministerio Público “puede lograr una sanción adecuada
cuando lleva al juicio de fondo una investigación con esas características”.
Delitos desde cárceles
Asimismo, Germán Brito dijo que se están tomando medidas para evitar que los
presos sigan delinquiendo desde las cárceles y que, para eso, ha habido
encuentros con las prestadoras de servicios y con el mismo Instituto Dominicano
de las Telecomunicaciones (Indotel).
Caso Leonardo Faña
Sobre el caso de Lonardo Faña, exdirector del IAD, sostuvo que el Ministerio
Público trata de cumplir con su trabajo en este caso, igual que en otros,
haciéndolo “con el mayor nivel de objetividad posible”.
Reiteró que por el momento no ha
recibido presiones de ninguna entidad política ni del Gobierno.
Su gestión en la Procuraduría,
indicó, se esfuerza por mantener la funcionalidad con la mayor independencia, y
que allí “le están tomando la palabra al presidente de la República, Luis
Abinader, que ha reiterado que no quiere interferir con el Ministerio Público”.
En cuanto a las pruebas, declaró que
hay que dejar que el caso avance y que, en virtud de que ella no maneja el caso
directamente, no puede entrar en los detalles de los indicios probatorios que
llevaron a la jueza a dictar prisión preventiva en su contra.
“Lo que sí es seguro es que le
estamos dando el mismo tratamiento que a cualquier otro caso de esa naturaleza,
que es lo que nos ordenan la Constitución y las leyes y, a la vez, lo que
espera toda la población”, dijo.
Caso Odebrecht
Sobre el caso de los sobornos de la empresa Odebrecht, que se está conociendo
en juicio de fondo en contra de seis encartados, Germán Brito recordó que ella
se inhibió y no tiene que opinar más nada sobre esto.
Señaló que el expediente está en
manos del procurador adjunto, Rodolfo Espiñeira Ceballos, quien fue designado
por el Consejo Superior del Ministerio Público para esos fines.
Incluso, explicó, el abogado de un
procesado les envió, supone que por error, “una comunicación sobre una
inquietud respecto a una información sobre el proceso, publicada por un
periódico, pero como era de esperarse, procedió a pasar la carta a Espiñeira”.
Caso Anti Pulpo
En torno al caso de corrupción Anti Pulpo, en el que figura como principal
acusado Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente Danilo Medina, la
procuradora expresó que este es un caso que está bajo investigación y el
Ministerio Público no puede adelantar ningún juicio de valor sobre otros
posibles implicados, ya que esto podría afectar la correcta investigación.
Al respecto, manifestó que hay que
esperar que se desarrollen los acontecimientos para que la sociedad tenga
información adecuada sobre el tema.
Caso Quirinito
En torno al caso de Alejandro Castillo Paniagua, alias “Quirinito”, dijo que se
están haciendo las diligencias correspondientes para localizarlo, pero aclaró que
el Ministerio Público no es, necesariamente, el que hace todas las diligencias
y que ese caso es un tema de inteligencia, y hasta de cooperación
internacional.
Control de fiscales
Por otro lado, la procuradora dijo que se están tomando medidas de control para
darles seguimiento a fiscales que se apartan de los lineamientos y que en el
Ministerio Público existen dos niveles distintos de fiscalización interna.
Señaló que el primero es la
fiscalización funcional, que corresponde a la Dirección General de Persecución,
la cual es una instancia técnica que la ley crea justamente para desconcentrar
la vigilancia institucional del procurador o procuradora sobre los fiscales y
que tiene una naturaleza preventiva.
Indicó que esto puede implicar
directrices, acompañamiento, acciones de reforzamiento para que se mantengan
los lineamientos correctos de trabajo.
Mientras que el segundo nivel es el
que ejerce la Inspectoría General del Ministerio Público, que les da
seguimiento a las inconductas y, si hubiere lugar a falta disciplinaria,
sustenta un requerimiento para sanción ante el Consejo Disciplinario y, en
última instancia, ante el Consejo Superior del Ministerio Público respecto a
cualquiera de sus integrantes.
“Las faltas leves deben ser
sancionadas por los superiores inmediatos e informadas sin demora a la
Dirección General de Carrera para su debido registro en el expediente de cada
miembro del Ministerio Público”, enfatizó.
Precisó que tanto en el caso de la Inspectoría
General como en el de la Dirección General de Persecución, la Ley Orgánica del
Ministerio Público obliga a que sean dirigidas por procuradores adjuntos que
provengan de la carrera, mientras que otras instancias pueden ser dirigidas por
miembros externos, como, por ejemplo, los designados por el Poder Ejecutivo.
“En el tiempo que tengo en esta
posición se han abordado varios casos de sometimientos disciplinarios, ante los
cuáles el Consejo Superior del Ministerio Público ha suspendido cautelarmente a
los involucrados y otros que están en curso ante el Consejo Disciplinario”,
adujo.
SEPA MÁS
Violencia.
Al ser cuestionada sobre los mecanismos para evitar los acuerdos en los casos
de violencia de intrafamiliar, la Procuradora consideró que esas son malas
prácticas en algunas jurisdicciones y que esos acuerdos, en el fondo, parten de
una concepción errada, “pues este es un delito de acción pública y en este tipo
de infracción no se admite ese tipo de acuerdos”.
Instrucción.
Dijo que en noviembre pasado mandó una instrucción general a todos los miembros
del ministerio público en la que prohibía a los fiscales que llevan casos de
violencia de género que levanten actas compromisos para dejar en libertad a
agresores y potenciales feminicidas.