Según la Cámara de Cuentas, se determinó que el GCPS Social realizó contratos sin el registro de los contratos en la Contraloría General de la República y sin evidencia de la entrega de la factura con Número de Comprobante Fiscal (NCF) Gubernamental.
Además, la entidad realizó contrataciones a personas con prohibición para contratar con el Estado.
Se verificó que el Gabinete de Política Social realizó contrataciones, por un monto de RD$55,400,000, sin requerirle a los contratistas la certificación de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado de la Dirección General de Contrataciones Públicas, incumpliendo con las disposiciones de la Ley n.° 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, del 18 de agosto de 2006 y sus modificaciones y de su reglamento de aplicación.
De igual forma, el desembolso de los fondos se realizó sin la evidencia de certificación de pago de impuesto a la DGII y TSS y sin el sello de pagado, inobservando los controles internos emitidos por la Contraloría General de la República.
La auditoría fue realizada tras la Decisión del Pleno de Miembros de la Cámara de Cuentas de la República n° DEC2022-031, de fecha 16 de marzo de 2022, debido a los señalamientos de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) por incumplimiento del principio de transparencia y publicidad en los cheques emitidos a favor de los artistas por un monto de RD$ 55.400.000.00 de los RD$103,217,000.00 asignados por la Presidencia de la República.
Mediante el Acta CCC-GCPS Núm. 0002B-2020, de fecha 10/12/2020, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Gabinete de Coordinación de la Política Social, la DGCP comprobó que durante la ejecución de las contrataciones artísticas no se evidenció la publicación en el portal transaccional del sistema informático para la gestión de las Compras y Contrataciones del Estado dominicano, ni en el portal institucional.
Se establece, también, que el Comité de Compras y Contrataciones del Gabinete de Coordinación de la Política Social en casos, no estaba constituido por sus miembros, como es el Consultor Jurídico de la entidad, quien actuará en calidad de asesor legal, ni evidenciarse el responsable del Área de Planificación y Desarrollo o su equivalente.
Enlace del informe emitido por la Cámara de Cuentas: https://camaradecuentas.gob.do/index.php/component/k2/item/477-informe-de-investigacion-especial-practicada-al-gabinete-de-coordinacion-de-la-politica-social-gcps-diciembre-2020